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Trámites cuando un Pensionado del ISSSTE Fallece

El ISSSTE ofrece servicios y pensiones que necesitarás tramitar si un familiar directo pensionado falleció. Aquí se expondrá información acerca de los tipos de pensiones, requisitos y trámites que deberás realizar para acceder a tu pensión por causa de muerte del pensionado(a).

¿Qué información necesitas?

¿Quiénes pueden acceder a ella?

Esta puede ser solicitada o entregada a todas aquellas personas que se encuentren dados de alta como deudos del difunto trabajador, estas pueden ser:

  • Esposa o esposo
  • Hijos(a) – tanto menores de edad, como mayores de edad
  • Padres del pensionado

Pensiones y servicios que pueden solicitarse

Cuando el pensionado fallece, esto habilita distintas opciones a las que el deudo o familiar podría acceder:

Pagos de marcha o pago servicios funerarios

Prestación al cual tienen acceso los sobrevivientes o deudos del fallecido, es decir, todo aquel que se haya hecho cargo de la inhumación del difunto.

Consta de un pago de cuatro meses de pensión por concepto de gastos funerarios.

Pago del seguro de vida institucional

En vida, los pensionados del ISSSTE llenaron un documento de seguro de vida donde colocaron a sus beneficiarios. Por consecuencia, cada mes en el pago de la pensión se realizaba un descuento por este seguro de vida.

Este es un pago equivalente a 18 meses de pensión por concepto de suma asegurada.

Pensión por viudez, por orfandad y/o ascendencia

Existen tres tipos de pensiones que pueden ser solicitadas cuando ocurre el fallecimiento del trabajador(a) pensionado por el ISSSTE.

  • Pensión por viudez. Puede ser recibida tanto por la esposa(o) como concubina(o).
  • Pensión por orfandad. Esta pensión puede ser recibida por los hijos del trabajador(a) fallecido, tanto menores como mayores de edad (hasta los 25 años). Es una prestación que recibirá cada hijo, siempre y cuando estén estudiando en institutos nacionales, o presenten alguna incapacidad.
  • Pensión por ascendencia. Puede ser recibida por los padres del trabajador(a) fallecido. Es válida si el pensionado(a) no estaba casado, y no exista concubina(o) o hijos(a) que tengan derecho a recibirla.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión por muerte del pensionado(a)?

PENSIÓN DE VIUDEZ

PENSIÓN POR ASCENDENCIA

Documento de identidad vigente de la viuda(o) – original.

Documento de identidad vigente del padre y/o madre – original.

Acta de Matrimonio con fecha en vigencia que no supere los 6 meses de fallecimiento – original.

Último comprobante o recibo de pago del trabajador(a) – original y copia.

Acta de Nacimiento de la viuda(o) – original.

Acta de Nacimiento del padre y/o madre – original.

CURP (Clave Única de Registro de Población) de la viuda(o) – copia.

CURP (Clave Única de Registro de Población) del padre y/o madre – original y copia.

Acta de Defunción del pensionado(a) – original.

Prueba de Juicio por Jurisdicción Voluntaria de dependencia económica, realizado con fecha posterior al fallecimiento – original

Documento de identidad del pensionado (a) – original.

Acta de Defunción del pensionado(a) – original.

Último comprobante o recibo de pago del trabajador(a) – copia.

Documento de identidad del pensionado (a) – original.

PENSIÓN POR ORFANDAD

Menores de edad

Mayores de edad (hasta 25 años)

Menores de edad discapacitados

Mayores de edad discapacitados

Acta de Nacimiento de los hijos(a) – original

Documento de identidad vigente de los hijos(a) – original.

Acta de Nacimiento de los hijos(a) – original

Documento de identidad vigente de los hijos(a) – original.

CURP de los hijos(a) – original y copia.

Acta de Nacimiento de los hijos(a) – original

CURP de los hijos(a) – original y copia.

Certificado médico de mala salud oficial del ISSSTE – original

Documento de identidad del padre o tutor legal – original

CURP de los hijos(a) – original y copia.

Documento de identidad del padre o tutor legal – original

Certificado de soltería por registro civil – original

Acta de defunción del trabajador – original

Constancia de estudios de nivel medio o superior – original

Acta de defunción del trabajador – original

Documento de identidad del padre o tutor legal – original

Documento de identidad del pensionado fallecido – original

Documento de identidad vigente de dos testigos no familiares mayores de edad para confirmar estado de soltería y trabajo no remunerado – original

Documento de identidad del pensionado fallecido – original

Acta de defunción del trabajador – original

Último comprobante o recibo de pago del trabajador – original y copia

Acta de defunción del trabajador – original

Último comprobante o recibo de pago del trabajador – original y copia

Documento de identidad del pensionado fallecido – original

 

Documento de identidad del pensionado fallecido – original

 

Último comprobante o recibo de pago del trabajador – original y copia

Último comprobante o recibo de pago del trabajador – original y copia

¿Cómo se puede solicitar la pensión por causa de muerte del pensionado(a)?

Para realizar cualquier trámite de solicitud de pensión por muerte del pensionado, los deudos deberán dirigirse de forma presencial al área de Pensiones en la Delegación Regional o Estatal del ISSSTE.

Aquí solicitarás tu pensión por causa de muerte del pensionado presentando la documentación requerida expuesta anteriormente, y de estar todo en orden, solo necesitas esperar el talon de pago correspondiente.

A tener en cuenta…

  • Si la concubina(o) o los padres no están registrados deben ir a Juicio de Jurisdicción Voluntaria donde acrediten la dependencia económica al trabajador(a) fallecido.
  • Los beneficiarios del pensionado(a) no recibirán ni menos ni más de lo que el trabajador en vida recibía por monto de pensión.
  • Si existe más de un beneficiario, este monto se dividirá en partes iguales entre todos.

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Comentarios (2)

Buenas tardes.

Agradeciendo la información, deseo externar una inquietud, soy artículo Décimo Transitorio, al día de hoy tengo cotizado 29 años 7 meses y sigo pagando mis aportaciones vía Continuación Voluntaria, sin embargo, no me queda claro si falleciera, principalmente por las condiciones imperantes de salud e inseguridad que vivimos hoy día, mi esposa (beneficiaria) tendrá derecho a la pensión por viudez aún y cuando yo no esté todavía pensionado por faltarme la edad?, y qué pasa con el seguro de salud (issste), también tendrán derecho a el?
De antemano, muchas gracias por la información.

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Cuáles son los requisitos paga solicitar el pago de marcha de un asegurado del issste que ya fallecio? cuánto tiempo tengo para solicitar el pago de marcha una vez que ha fallecido el empleado del issste?

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