Como trabajador activo a punto de tomar una pensión, o como actual pensionado del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Trabajadores del Estado (ISSSTE) en cualquier punto o momento de tu carrera te preguntarás cómo puedes conocer en qué régimen de pensión te encuentras en el ISSSTE.
Es una información de vital importancia ya que te permitirá saber cuáles serán los beneficios y servicios de tu régimen pensionario, y evitará confusiones futuras de debate.

¿Qué información necesitas?
¿Cómo conocer en qué régimen pensionario te encuentras en el ISSSTE?
- El primer paso es acceder a la oficina virtual del ISSSTE, denominada también como SINAVID. Dentro de esta oficina virtual realizarás la mayoría de tus trámites.
- Necesitas estar registrado para tener un usuario y contraseña con el cual puedas iniciar sesión en la plataforma. Para registrarte en esta oficina virtual es sencillo: Haz click en Regístrate aquí > Introduce tu CURP (o Clave Única de Registro de Población) > Haz click en Buscar > Introduce los datos que te pide > Haz click en Crear usuario > ¡Listo!
- Si ya creaste tu cuenta, o ya tenías una con anterioridad, inicia sesión en ella introduciendo los datos en la sección Iniciar sesión que se encuentra en la página principal.
- Una vez dentro de tu cuenta > Selecciona o haz click en la sección llamada Mi Expediente
- En esta hallarás una diversidad de opciones y vas a seleccionar Régimen Pensionario
- ¡Ya está! El sistema te mostrará a cuál régimen pensionario perteneces actualmente, además que te ofrece la opción de descargar el documento en un archivo PDF para después imprimirlo.
Tipos de régimen de pensión en el ISSSTE
Primeramente vamos a echar un vistazo a los distintos tipos de régimen pensionarios que ofrece el ISSSTE, los cuales son dos:
Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE
¿Quiénes tienen acceso a este régimen?
A este régimen se encuentran impuestos los trabajadores que cotizaban en el ISSSTE y optaron por la modificación a Cuentas Individuales desde el 1 de abril del 2007, a estos también se encuentran sujetos los trabajadores que:
- Realizaron el inicio de su cotización a partir de esta fecha.
- Trabajadores inactivos que reingresaron al sistema a partir de esta fecha (a estos se les reconoce todos sus años de servicio mediante la entrega de un bono de pensión)
¿Cuáles son las características de este régimen?
Esta es una cuenta de la cual el trabajador es propietario. Si el derechohabiente cotiza en el ISSSTE teniendo más de un empleo, o teniendo un empleo en el sector privado y cotizando a su vez en el IMSS, esta cuenta individual tendrá la capacidad de recibir las cuotas correspondientes a todos los empleos.
Toda esta ganancia es acumulada en la cuenta individual de manera que el trabajador pueda disfrutar de una pensión bajo dos modalidades: la renta vitalicia, el retiro programado o seguro de pensión.
Nota: excelente cuenta para ahorrar debido a que va incrementando su tamaño con el tiempo, todo esto gracias a: los aportes obligatorios del trabajador, la empresa donde labora en el sector privado y el gobierno federal.
Régimen de Reparto o Décimo Transitorio del ISSSTE
¿Quiénes tienen acceso a este régimen?
A este régimen se encuentran impuestos los trabajadores que comenzaron a cotizar en el ISSSTE antes del 31 de marzo del 2007. Es para todos aquellos empleados que decidieron continuar con el régimen no modificado del ISSSTE.
Tipos de pensión del Régimen Décimo Transitorio
- Pensión por jubilación
- Pensión por retiro por edad o tiempo de servicio
- Pensión por cesantía en edad avanzada
- Pensión por invalidez
- Pensión por muerte/fallecimiento
¿Cuáles son las características de este régimen?
La pensión es calculada o determinada como un porcentaje aplicado al sueldo base o sueldo básico del derechohabiente, según el tiempo de cotización que lleve, y no puede ser mayor a las 10 UMAS.
Estas pensiones se financian con contribuciones o donaciones de los mismos trabajadores “activos” a un fondo colectivo. Es decir, ninguna de las cuotas y aportaciones pueden distinguirse ya que se entregan a un fondo de administración colectiva que no es manejada de forma individual, y estos no pueden trasladarse a otro sistema pensionario.